Siempre que sea un motivo de fuerza mayor que te impida desarrollar el cargo, podrás proponerlo a los propietarios, convocando una JUNTA GENERAL con ese punto del orden del día y por supuesto ha de ser aprobado por la MAYORIA de los propietarios. En ese momento se tendrá que nombrar a otro PRESIDENTE, por tanto, lleva muy bien preparado el tema.
Hay otra vía que es la judicial, pero como no podía ser de otra manera, la desaconsejamos.