En una Comunidad de propietarios, es inevitable que se den conflictos de todo tipo entre vecinos, bien sean propietarios o inquilinos. Cada caso es distinto y te aconsejamos que lo peor que puedes hacer es precipitarte.
Si en una Comunidad se crea un buen clima, todo es mucho más sencillo, fácil y rápido. Por ello es conveniente zanjar rápidamente este tipo de situaciones molestas para todos.
Lo primero que tienes que hacer es informar y consultar a tu Administrador el problema. Seguro que ya se habrá encontrado en este tipo de situaciones, bien en tu Comunidad o en otras, y podrá orientarte a enfocar de la mejor manera posible el problema.
Si la cosa esta clara, por ejemplo, una queja justificada por ruido o el aprovechamiento de un espacio común indebido, que sea el Administrador quien se lo comunique de una manera oficial, presentándolo como una queja anónima.
En caso de hacer caso omiso a estas advertencias, La Ley de Propiedad Horizontal (Art. 7.2) establece el procedimiento legal a realizar para que las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas cesen por parte del causante. El Administrador te puede informar mejor de ello.
¿Y qué pasa si simplemente se trata de un problema de convivencia?
En caso de que sea necesario un entendimiento entre los vecinos afectados para solucionar el conflicto, la cosa cambia.
No te olvides de que el primer objetivo es ACERCAR POSTURAS.
En cualquier caso, como Presidente de la comunidad, debes de mantener la neutralidad, evitando tomar partido por ninguna de las partes. No pierdas los papeles y mantén las formas.
Cuando te dirijas a las personas que han originado el conflicto, intenta hablar en primera persona del plural, como si de un grupo se tratase, haciéndoles ver que actúas como PRESIDENTE de la comunidad y no a título personal.
¿Dónde están recogidas las normas de convivencia de una Comunidad?
- En primer lugar, debemos de acudir a las normas que pueda haber en los ESTATUTOS de la Comunidad, que están inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Luego debemos de mirar en el REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO de la Comunidad.
- Por último, consultaremos los acuerdos en JUNTAS GENERALES que traten algún tipo de norma.
Es conveniente redactar un REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO que recoja todas las normas de convivencia de la Comunidad (tanto las incluidas en los estatutos como en las Actas de las JUNTAS) para tener en un solo documento todas las normas. Este REGLAMENTO ha de ser consensuado por el mayor número de propietarios posible y ser aprobado en una JUNTA GENERAL por MAYORIA.
Poner en conocimiento de todos los propietarios o inquilinos este REGLAMENTO, te evitará muchos problemas en el futuro, ya que en muchos casos se justifica una infracción por el desconocimiento de las normas.